El Iÿtihâd (la capacidad de deducir las normas a través de las fuentes)
Hemos señalado anteriormente las fuentes de la jurisprudencia shiíta imamita (las cuales consisten en cuatro: El Libro Sagrado, la Tradición, el intelecto, y el consenso). La acción de extraer las normas de la sharî‘ah o ley islámica a partir de estos indicios mediante condiciones especiales mencionadas en la ciencia del Usûl o Principios de Jurisprudencia, se denomina iÿtihâd.
Desde que la sharî‘ah o ley islámica es una ley celestial y no habrá terminantemente ninguna otra ley divina después de la misma, necesariamente debe satisfacer todas las necesidades humanas en los diferentes aspectos de su vida individual y social.
Por otro lado, desde que el devenir de los sucesos y acontecimientos no se circunscribe a lo que hubo en épocas del Mensajero de Dios (BP), entonces, las transformaciones subsiguientes en la vida plantean nuevas necesidades y estados, cada uno de los cuales, evidentemente, necesita un juicio legal determinado.
Considerando estos dos temas, el hecho de que la puerta del Iÿtihâd permanezca abierta frente a los fuqahâ’ o jurisconsultos a lo largo de la historia conformará una cuestión indispensable, puesto que, ¿cómo sería posible que el Islam, el cual representa la ley divina completa y la religión íntegra, haga silencio en relación a los nuevos sucesos que se manifiestan, y que abandone a la humanidad confundida en medio de las variables de la historia y la vida frente al cauce de los nuevos sucesos?
Todos sabemos que los sabios de la ciencia del Usûl Al-Fiqh o Principios de Jurisprudencia, dividieron el iÿtihâd en dos partes: “el iÿtihâd absoluto” y el “iÿtihâd propio de una escuela en particular”.Si una persona realiza iÿtihâd dentro del método jurídico de Abû Hanîfah, y se esfuerza en alcanzar su misma opinión en una determinada cuestión, su accionar se denomina “iÿtihâd dentro de la escuela jurídica”. Pero si el muÿtahid no se circunscribe a un método o escuela jurídica en particular, y se esfuerza en comprender el juicio divino a través de las fuentes jurídicas (ya sea que finalmente sea acorde a una escuela o método jurídico en particular, o bien los contradiga), ello es llamado iÿtihâd absoluto. Lamentablemente, la puerta del iÿtihâd absoluto fue cerrada para los sabios sunnitas1, delimitándose su iÿtihâd al marco de una de las cuatro escuelas, lo cual es, sin dudas, una manera de limitar la acción del mismo, y restringir su ámbito.
Los fuqahâ’ o juristas shiítas hacen su iÿtihâd en base al Libro Sagrado, la Tradición, el intelecto, y el consenso, y se esfuerzan en no circunscribirse en modo alguno al tratar de comprender las realidades y conceptos religiosos, sino al hecho de seguir las pruebas de las fuentes jurídicas. A partir de aquí, vemos que su iÿtihâd vital y dinámico produce un fiqh íntegro, que armoniza con las necesidades humanas, diferentes, diversas y en continua transformación, y deja tras sí un tesoro académico enorme.
Lo que favoreció al desarrollo de este fiqh profundo y dinámico es la prohibición de imitar a una persona fallecida, y la orden es la de imitar al muÿtahid vivo, quien conoce la sociedad, su tiempo y las necesidades y renovaciones que acontecen en ambos.
El fiqh shî‘ah coincide en la mayoría de las cuestiones con las opiniones de los juristas de las otras escuelas, y un estudio del libro Al-Jilâf del Sheij At-Tûsî brinda un evidente testimonio de ello. Es así que pocas veces sucede que exista un juicio en una determinada cuestión secundaria en el fiqh shî‘ah que no coincida con la opinión de alguno de los fundadores de las cuatro escuelas del sunnismo, o la de algunos fuqahâ que les precedieron. A pesar de ello, existen algunas cuestiones en las que el fiqh shiíta posee una opinión en particular, a algunas de las cuales haremos referencia en los siguientes artículos. Las mencionaremos junto a sus argumentos, puesto que puede llegar a suponerse que no hay nada que avale estas normas en particular o bien que son contrarias al Libro Sagrado y la Tradición, siendo que el asunto es completamente al revés.
- 1. Al-Maqrîzî en Al-Jutat, t.2, p.344.
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